Estudio sobre La escucha y el interés superior del menor
Existen claras diferencias entre «percibir con el oído los sonidos» y «prestar atención a lo que se oye». Esto último, aplicado a los menores en los momentos en que se dilucida su situación personal y familiar ante la justicia, es el objetivo del trabajo que el Defensor del Pueblo presenta.
La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en 1989 por Naciones Unidas, establece que la opinión de los menores sea tenida en cuenta en los procesos administrativos y jurídicos. Hay distintas maneras de «escuchar al menor». También hay diversas maneras de evitar, o al contrario, de provocar más dolor y desconcierto en los menores llamados a comparecer ante la justicia.