Boletín Teranga Nº 22
Una modificación en la reforma del Código Penal abre la puerta a aquellas personas que colaboran con los inmigrantes en situación administrativa irregular, prestándoles asistencia humanitaria, por lo que pueden ser multadas y castigadas con hasta dos años de cárcel.
Una plataforma integrada por juristas, sacerdotes, profesores y miembros de la sociedad civil, que acogen en sus casas a inmigrantes en situación vulnerable, advierte del riesgo de que puedan ser tratados como “criminales”, y ha lanzado una campaña para pedir a Alberto Ruíz Gallardón que corrija el “desafortunado” artículo (el enlace: http://chn.ge/Vot9pg).
“El nuevo artículo 318 bis del Anteproyecto de reforma del Código Penal iguala conductas ilícitas e inmorales, como la trata de seres humanos y los abusos sobre las personas migrantes con prácticas humanitarias de solidaridad, hospitalidad y asistencia hacia aquellas personas que transitan “sin papeles” por España, afirma en su comunicado el colectivo “Salvemos la hospitalidad”.
La mayor ambigüedad del texto reside en la redacción de la última parte del punto primero donde se afirma que “El Ministerio Fiscal podrá abstenerse de acusar por este delito cuando el objetivo perseguido sea únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate”, lo que deja abierta la posibilidad legal a que en realidad pueda hacerse efectiva la acusación.
“Se deja en manos del Ministerio Fiscal la posibilidad de acusar. Algo grave, pues esta forma de criminalización es una opción de política criminal del legislador”, denuncia la plataforma que considera que la propia ley podría eximir a quienes presten su hospitalidad añadiendo que “quedarán exentos de responsabilidad penal quienes únicamente presten ayuda humanitaria”.
Un informe del Consejo General del Poder Judicial que analiza la reforma del Código Penal también considera que el texto debería ser más concreto y aconseja que no quede implícitamente derivada al Ministerio Público la posibilidad de pedir las multas.